Divorcios

El divorcio es un proceso mediante el cual se le pone fín al matrimonio. En Puerto Rico, el divorcio puede declararse mediante sentencia judicial o por escritura pública, bajo las causas de consentimiento mutuo o ruptura irreparable de los nexos de convivencia matrimonial.

Para que se un matrimonio pueda disolverse, es necesario que al menos una de las partes haya vivido en Puerto Rico por un año antes de solicitar el divorcio de manera continua e ininterrumpida. Este requisito se puede obviar si los motivos que causan el divorcio ocurrieron en Puerto Rico o si una de las partes reside en la Isla.

Adicionalmente, toda petición de divorcio ante el tribunal debe juramentarse por ambos cónyuges si es conjunta, bajo la causa de consentimiento mutuo, o por la parte peticionaria si es individual, bajo la causa de ruptura irreparable de los nexos de convivencia matrimonial. Cuando se realiza por escritura pública, también debe suscribirse bajo juramento pero solo aplica la causa de consentimiento mutuo, por lo que ambos cónyuges deben estar presentes en la oficina del abogado notario para llevar a cabo el acto.